jueves, 23 de octubre de 2008

Sepa las soluciones si no puede pagar a su Banco

La morosidad hipotecaria está aumentando con fuerza debido a la escalada del euríbor y al crecimiento del desempleo.

Hay que tener en cuenta que cada punto de morosidad hipotecaria supone que 40.000 personas han dejado de pagar sus créditos. Esta ratio se sitúa ahora en el 1,5% del volumen de préstamos.

Las entidades han comenzado a tomar medidas de urgencia para facilitar las condiciones de pago y evitar tener que embargar miles de pisos, cuyo valor de tasación en muchos casos es ya inferior a su precio real.

Las medidas son las siguientes:

1 Ampliar el plazo. Es la medida más sencilla y está dirigida a aquellos titulares de créditos que atraviesan dificultades en un momento determinado, bien por la subida de la cuota mensual de sus hipotecas en los últimos años o por circunstancias personales coyunturales.
Se trata de ampliar el plazo de duración del préstamo, lo que permite rebajar la factura mensual y dar un respiro al usuario hasta que su situación económica recobre la normalidad.
Sin embargo, esta solución sólo será efectiva para aquellas hipotecas que tengan un plazo de amortización inferior a 40 años, ya que a más plazo el impacto en la cuota mensual será mínimo y se encarecerán los costes totales del préstamo.

2 Alquiler por hipoteca. Algunas entidades ofrecen a sus clientes la posibilidad de cancelar la hipoteca durante un periodo y sustituirla por el alquiler. El titular del crédito puede de esta manera permanecer en la vivienda a cambio del pago a la entidad financiera de una cantidad inferior y esperar a que se cumpla el plazo establecido para renovar su préstamo si su capacidad financiera mejora.
Con ello, el banco evita sacar a subasta el inmueble a un precio inferior al de la cantidad hipotecada y el propietario tiene como garantía una opción de compra del inmueble.

3 Periodo de carencia. Otra de las soluciones es establecer un periodo de carencia. Consiste en ofrecer la posibilidad de que durante un periodo se paguen sólo los intereses.
Si existe buena disposición por parte del hipotecado, la duración de este periodo de carencia se negocia en cada caso particular y en algunos casos puede alcanzar los cinco años.

4. Demorar los pagos. Se permite durante unos meses que el cliente no pague sus cuotas si demuestra que más adelante va a recibir un dinero y presenta garantía.
120 Días es el periodo oficial para declarar a una persona morosa, pero hoy en día se puede incluso esperar a 8 meses.

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