Para que los bonos canjeables por acciones que venden los bancos sean interesantes es necesario que el precio del dinero suba en los próximos años.
Son todo ventajas para las entidades, pues les permiten reforzar la solvencia y al mismo tiempo conseguir liquidez a bajo coste y suponen una ampliación de capital diferida, que no es tan penalizada por el mercado como una ampliación clásica.
La rentabilidad que ofrecen es cuantiosa (se han llegado a ofrecer rendimientos del 7% el primer año).
Hace ahora dos años, Santander fue el pionero en vender obligaciones convertibles.
El pasado julio, Sabadell comenzó su propia emisión y ahora BBVA y Popular también.
Hay que tener claro que adquirir un bono obligatoriamente convertible supone comprar acciones de la entidad a futuro, con todos los riesgos que ello implica. Deben compararse, por lo tanto, con la inversión directa en títulos del banco en cuestión, y también hay que tener muy presente la letra pequeña de las condiciones, que en algunos casos pueden resultar desventajosas para el inversor.
Hay dos versiones de bonos.
- Los que prometen un tipo de interés fijo durante toda la vida del producto y no dan posibilidad de sacar partido de una eventual subida de la cotización, como los de BBVA.
- Los que a partir del segundo año vinculan la rentabilidad a la evolución del euríbor a tres meses, y abren la posibilidad a beneficiarse de una eventual escalada de la acción, como los de Sabadell y Popular.
Si el euríbor a tres meses se sitúa en el 1% en los próximos años (actualmente se mueve en torno al 0,7%) y los dividendos se sitúan en torno a las previsiones del consenso de mercado, las acciones ganarían sin lugar a dudas la batalla de la rentabilidad en todos los supuestos.
A favor de los convertibles juega que el flujo de dinero que percibirán los bonistas por la remuneración será previsiblemente mayor que el que recibirán los accionistas con el dividendo, en torno a un 32% superior.
El pago del cupón está condicionado a la obtención de beneficio suficiente. En caso de registrar pérdidas, la entidad no lo abonará en ningún caso. Es más, aunque sí obtenga beneficios, su pago no es obligatorio (lo decide el banco a su discreción).
En caso de insolvencia del emisor, se situarían a la cola en orden de cobro, sólo por delante de los accionistas. Aunque esta situación es altamente improbable debido a la probada solvencia de los emisores.
Otro factor radica en la fiscalidad. Los 1.500 primeros euros cobrados en dividendos por un inversor están exentos de tributar, mientras que el interés abonado por un bono siempre sufre la correspondiente retención.
Pese a que los bonos cotizarán en el mercado secundario, su liquidez será menor a la de las acciones.
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