martes, 2 de diciembre de 2008

IMPORTANTE PARA LOS INVERSORES

La UE dio hoy su aprobación al aumento de la garantía de los depósitos en caso de quiebra (hasta 50.000 euros en una primera fase y a 100.000 euros al final de 2011) y a la reducción del plazo para efectuar el pago hasta un máximo de 30 días laborables.

La normativa comunitaria actual (es del año1984), limita la cobertura a 20.000 euros, aunque los países podían fijar una cantidad más alta y fija un plazo de tres meses, prorrogable hasta nueve, para devolver el dinero a los clientes.

Los países tendrán que garantizar un mínimo de 50.000 euros a los titulares de cuentas a partir del 30 de junio de 2009. En 31 de diciembre de 2011 todos los países tendrán que subir el límite hasta 100.000 euros.

Se ha establecido este periodo transitorio en atención a las economías más pequeñas de la Unión, pero varios Estados miembros, entre ellos España, han pasado directamente hasta 100.000 euros.

En cuanto al plazo de pago, se prevé un límite de cinco días laborables para identificar a los titulares que tienen derecho a recuperar sus ahorros cuando una entidad no se lo garantiza (en la actualidad el plazo era de 21 días laborables).

El reembolso deberá efectuarse en veinte días laborables, ampliables hasta treinta, frente a los tres meses (prorrogables hasta nueve) vigentes ahora.

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